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Los mejores Abogados de Despidos de Teruel

El despido improcedente conlleva un proceso por parte de la compañía que puede resultar apabullante para el trabajador que no está al tanto de cuáles son sus derechos. En estos casos, lo mejor es contar con el asesoramiento de un profesional capacitado, que conozca las leyes y busque el resultado más favorable. En la comparativa a continuación encontrarás la información pertinente a los mejores abogados expertos en despidos de Teruel

  • Antigüedad
  • Nº trabajadores
  • Abogado dedicado
  • Especialista-Generalista
  • Otras especialidades
  • Legálitas

  • Bajo

    Nivel de Precios

  • Más de 20 años
  • Más de 500
  • Especialista
  • Todas las áreas del Derecho
  • Edo y Loras Abogados

  • Bajo

    Nivel de Precios

  • Más de 25 años
  • 20
  • No
  • Generalista
  • Penal, civil, matrimonial, extranjería, administrativo
  • Bufete Carrasco

  • Medio

    Nivel de Precios

  • Más de 20 años
  • Más de 10
  • No
  • Especialista
  • Cada rama del derecho
  • Esteban Abogados

  • Medio

    Nivel de Precios

  • Más de 15 años
  • Más de 30
  • No
  • Generalista
  • Familia, civil, penal, mercantil...
  • Blasco Abogados

  • Alto

    Nivel de Precios

  • 47 años
  • 19
  • No
  • Generalista
  • Mercantil, civil, penal, transporte
  • Gómez y Gómez Abogados

  • Alto

    Nivel de Precios

  • Más de 15
  • 6
  • No
  • Especialista
  • Derecho civil, mercanil, penal y administrativo
  • Antigüedad Antigüedad
  • Nº trabajadores Nº trabajadores
  • Abogado dedicadoAbogado dedicado
  • Especialista-GeneralistaEspecialista-Generalista
  • Otras especialidadesOtras especialidades
  • Legálitas

  • Bajos

    Nivel de Precios

  • Antigüedad Más de 20 años
  • Nº trabajadores Más de 500
  • Abogado dedicado
  • Especialista-GeneralistaEspecialista
  • Otras especialidadesTodas las áreas del Derecho
  • Edo & Loras Abogados

  • Bajo

    Nivel de Precios

  • Antigüedad Más de 25 años
  • Nº trabajadores 20
  • Abogado dedicadoNo
  • Especialista-GeneralistaGeneralista
  • Otras especialidadesPenal, civil, matrimonial, extranjería, administrativo
  • Bufete Carrasco

  • Medio

    Nivel de Precios

  • Antigüedad Más de 20 años
  • Nº trabajadores Más de 10
  • Abogado dedicadoNo
  • Especialista-GeneralistaEspecialista
  • Otras especialidadesCada rama del derecho
  • Esteban Abogados

  • Medio

    Nivel de Precios

  • Antigüedad Más de 15 años
  • Nº trabajadores Más de 30
  • Abogado dedicadoNo
  • Especialista-GeneralistaGeneralista
  • Otras especialidadesFamilia, civil, penal, mercantil...
  • Blasco Abogados

  • Alto

    Nivel de Precios

  • Antigüedad 47 años
  • Nº trabajadores 19
  • Abogado dedicadoNo
  • Especialista-GeneralistaGeneralista
  • Otras especialidadesFamilia, civil, penal, mercantil...
  • Gómez & Gómez Abogados

  • Alto

    Nivel de Precios

  • Antigüedad Más de 15
  • Nº trabajadores 6
  • Abogado dedicadoNo
  • Especialista-GeneralistaEspecialista
  • Otras especialidadesDerecho civil, mercanil, penal y administrativo

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    ¿Qué tener en cuenta al contratar un Abogado de Despidos?

    ¿Qué tipos de despido existen en España?

    En España, los motivos de despido de un trabajador se dividen en tres grandes grupos, cada uno con un proceso correspondiente que ha de ser llevado a cabo por el empleador. Los 3 tipos de despido son el despido objetivo, el despido disciplinario y el despido colectivo.

    Cuando una compañía decide despedir a un número determinado de trabajadores ya sea por causas económicas, técnicas organizativas o de producción, se llama despido objetivo. En éste tipo de despidos hay otras causas que pueden ser imputables al trabajador si bien no sea su culpa. 

    Las causas imputables al trabajador son cuando por servirnos de un ejemplo, no cuenta con las condiciones físicas o psíquicas para realizar la tarea para la que se lo contrató. Otra causa es cuando el trabajador no logra adaptarse a modificaciones técnicas efectuadas por la empresa. En este caso, la empresa debe haber proporcionado la formación correspondiente y haber aguardado un periodo mínimo de dos meses ya antes de poder ejecutar el despido. El tercer motivo es por ausencias, que por más que sean justificadas, corresponden al 20 por cien  de las jornadas hábiles en dos meses sucesivos. 

    El despido disciplinario es aquel en el que la causa es consecuencia de un comportamiento grave por parte del trabajador. Éstas causas pueden ser, falta de asistencias o impuntualidades injustificadas y repetidas; desobediencia a las órdenes establecidas por el empresario; ofensas físicas o verbales con compañeros de trabajo o el empresario como el acoso laboral de cualquier clase. Cuando el desempeño del trabajador reduce ya sea por embriaguez o toxicomanía o de forma voluntaria, también se lo considera causa de despido disciplinario.

    El despido colectivo es aquel en el que un elevado número de trabajadores son apartados de sus puestos de trabajo porque la empresa ha justificado tener graves problemas económicos, técnicos, organizativos o de producción. A este género de despido también se lo conoce como ERE, Expediente de Regulación de Empleo

    ¿Puedes ser indemnizado por un despido improcedente?

    En casos de despido improcedente u objetivo, el trabajador tiene derecho a una indemnización que se calculará basándonos en 3 factores principales, las causas del despido, el sueldo, y los años de antigüedad en la empresa. 

    Cuando ni la empresa ni el trabajador son culpables del despido, como podrían ser graves problemas económicos de la compañía, la indemnización es de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de doce mensualidades.

    En el caso de despidos improcedentes, las indemnizaciones se calculan teniendo presente la data de la firma del contrato. Si la misma es siguiente al doce de febrero de dos mil doce, la indemnización va a ser de 33 días por año trabajado con un máximo de veinticuatro mensualidades.

    La indemnización mixta se da cuando el contrato de trabajo se firmó antes del doce de febrero de dos mil doce. El periodo de trabajo precedente a esa data recibirá una indemnización de cuarenta y cinco días de salario por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades. A partir del doce de febrero de 2012, la indemnización que se percibe es de 33 días de sueldo por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades.

    Independientemente de la causa del despido, todo trabajador va a recibir el finiquito, que no es exactamente lo mismo que la indemnización. Este corresponde al pago de las vacaciones que no hayan sido disfrutadas hasta el momento del despido, los días trabajados del mes que se haya producido el despido de la misma manera que las horas extras.

    ¿Por qué es recomendable contratar un abogado especializado en despidos?

    De acuerdo al elevado número de factores implicados en el cálculo de una indemnización a percibir en el caso de despido improcedente, es conveniente contratar los servicios de un letrado experto en despidos. De ésta forma, podremos recibir el mejor asesoramiento y asegurarnos que la indemnización recibida se ajusta a todos los parámetros a tener en cuenta.