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Los mejores Abogados de Despidos de Segovia

El despido improcedente conlleva un proceso por parte de la compañía que puede resultar apabullante para el trabajador que no está al tanto de cuáles son sus derechos. En estos casos, lo mejor es contar con el asesoramiento de un profesional capacitado, que conozca las leyes y busque el resultado más conveniente. En la comparativa ahora hallarás la información pertinente a los mejores abogados especializados en despidos de Segovia

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  • Más de 20 años
  • Más de 500
  • Especialista
  • Todas las áreas del Derecho
  • Arias Pinillos Asesoría Jurídica

  • Altos

    Nivel de Precios

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  • A. Peñalosa Llorente

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    Nivel de Precios

  • 5 años
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  • Generalista
  • Derecho familiar, laboral y seguridad social.
  • Abogado G. Ruíz García

  • Medios

    Nivel de Precios

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  • Abogados Avial y Sanz

  • Altos

    Nivel de Precios

  • 2 años
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  • Generalista
  • Generalista
  • Grupo Cuatro Abogados

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    Nivel de Precios

  • 5 años
  • 1-10
  • No
  • Especialista
  • Derecho civil, administrativo, bancario.
  • Antigüedad Antigüedad
  • Nº trabajadores Nº trabajadores
  • Abogado dedicadoAbogado dedicado
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  • Otras especialidadesOtras especialidades
  • Legálitas

  • Bajos

    Nivel de Precios

  • Antigüedad Más de 20 años
  • Nº trabajadores Más de 500
  • Abogado dedicado
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  • Otras especialidadesTodas las áreas del Derecho
  • Arias Pinillos Asesoría Jurídica

  • Altos

    Nivel de Precios

  • Antigüedad 35 años
  • Nº trabajadores 1-10
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  • Otras especialidadesGeneralista
  • A. Peñalosa Llorente

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    Nivel de Precios

  • Antigüedad 5 años
  • Nº trabajadores 1-10
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  • Especialista-GeneralistaGeneralista
  • Otras especialidadesDerecho familiar, laboral y seguridad social.
  • Abogado G. Ruíz García

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  • Abogados Avial y Sanz

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    Nivel de Precios

  • Antigüedad 2 años
  • Nº trabajadores 1-10
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  • Grupo Cuatro Abogados

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  • Especialista-GeneralistaEspecialista
  • Otras especialidadesDerecho civil, administrativo, bancario.

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    ¿Qué tener en cuenta al contratar un Abogado de Despidos?

    ¿Qué tipos de despido existen en España?

    Existen tres géneros de despidos en España, el despido objetivo, el despido disciplinario y el despido colectivo. Si bien cada uno de ellos de ellos conlleva un proceso diferente, el motivo por el que se ha separado a un trabajador de la compañía debe constar en la carta de despido. 

    El despido objetivo se produce cuando la compañía debe prescindir de un determinado número de trabajadores por causas ya sea económicas, técnicas, organizativas o de producción. La empresa va a deber apuntar la causa. Existen en este tipo de despido sin embargo, causas imputables al trabajador aunque no sean su culpa. 

    Es el caso en el que el trabajador no cuenta con las condiciones físicas o psíquicas para efectuar de forma adecuada la labor asignada, o aquellos casos en los que una empresa ha efectuado modificaciones técnicas y el trabajador no consigue amoldarse. En estos casos la compañía no solo debe administrar la formación pertinente sino deberá esperar un mínimo de 2 meses antes de poder ejecutar el despido. Otro motivo adjudicable al trabajador es cuando falta de forma justificada el veinte por cien  de las jornadas hábiles en dos meses sucesivos. 

    El segundo género de despido, el disciplinario, es el único tipo en el que el trabajador se considera el culpable. Las causas que provocan esta clase de despidos son las ausencias o impuntualidad repetidas e infundadas, la desobediencia a las órdenes. Las ofensas físicas o verbales hacia los empresarios o colegas, la disminución voluntaria en el rendimiento pactado, el acoso laboral y la embriaguez o toxicomanía, en casos que influya negativamente en el desempeño de la tarea.

    El tercer género de despido es el colectivo, también conocido como Expediente de Regulación de Empleo o ERE. Es aquel en el que se despiden a un número notable de trabajadores, por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción.  

    ¿Puedes ser indemnizado por un despido improcedente?

    La indemnización compensatoria que va a recibir el trabajador que ha sido despedido de forma improcedente, va a ser calculada teniendo presente las causas del despido, el salario, y los años trabajados en la empresa. 

    La indemnización que se percibe cuando la causa del despido no es culpa de ninguna de las partes, es de veinte días por año trabajado, con un máximo de 12 meses.

    Existen otras instancias para el cálculo de las indemnizaciones que establecen como punto de referencia el doce de febrero de dos mil doce. Para contratos posteriores a esa data la indemnización será de 33 días por año trabajado con un máximo de veinticuatro mensualidades.

    Contratos anteriores al 12 de febrero de dos mil doce, se aplica una indemnización mixta. Para el período de trabajo precedente a esa data, la indemnización va a ser de cuarenta y cinco días por año de trabajo con un máximo de 42 mensualidades. Para el segundo período, posterior al 12 de febrero de dos mil doce, la indemnización que se percibe es de treinta y tres días de salario por año trabajado con un máximo de veinticuatro mensualidades.

    El finiquito es otro factor a tener en cuenta, que es diferente a la indemnización, aunque en muchos casos se confunden. El trabajador siempre y en todo momento recibe el finiquito, con independencia de la causa del despido. Se calcula teniendo en cuenta los días trabajados del mes del despido, las horas extras que no hayan sido cobradas hasta la fecha del despido y las vacaciones que corresponden al mismo tiempo trabajado que no hayan sido gozadas.

    ¿Por qué es recomendable contratar un abogado especializado en despidos?

    Es recomendable contratar los servicios de un abogado experto en despidos ya que, como hemos podido observar, existen un elevado número de factores que han de ser tenidos en cuenta para el cálculo de la indemnización a percibir. El asesoramiento de un profesional va a ayudar al trabajador a que sus derechos sean respetados y que el proceso de despido se realice conforme con lo establecido en la ley.