Si eres de Córdoba y has sido despedido de forma improcedente de tu trabajo, no tienes tiempo que perder. Contrata a los servicios de un abogado especializado en despidos, que pueda aconsejarte en lo que se refiere a la indemnización que debes percibir y cuáles son los procedimientos correspondientes que la empresa debe realizar. En la siguiente comparativa hallarás la información de los mejores profesionales del área a los que puedes contactar.
Legálitas
Bajo
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- Sí
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- Todas las áreas del Derecho
Romero Campanero
mediio
Nivel de Precios
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- 12
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- Despidos, indemizaciones, trabajos negros
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BM Abogados
Alto
Nivel de Precios
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- no tiene un abogado dedicado
- contratación laboral, solicitudes de incapacidad, derechos básicos de los trabajadores
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Abogados Delta
medio
Nivel de Precios
- 16
- 4
- Carlos M. Demarchi
- Restauraciones empresariales, prevención de riesgos laborales, contratación laboral,
- derecho civil. penal. administrativo, sanitatio
MV asociados
bajo
Nivel de Precios
- 5
- 6
- no tiene un abogado dedicado
- derecho civil, mercantil, asesorias, etc.
- no trata otras ramas del derecho
Dueñas Ruart Abogados
Alto
Nivel de Precios
- 17 años
- 9
- no tiene un abogado dedicado
- Restauraciones empresariales, prevención de riesgos laborales, contratación laboral, litigios laborales
- Derecho mercantil y societario, derecho civil, derecho fiscal, derecho penal
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¿Qué tener en cuenta al contratar un Abogado de Despidos?
¿Qué tipos de despido existen en España?
En España, los motivos de despido de un trabajador se dividen en 3 grandes grupos, cada uno con un proceso pertinente que ha de ser llevado a cabo por el empleador. Los tres tipos de despido son el despido objetivo, el despido disciplinario y el despido colectivo.
Cuando una compañía decide despedir a un número determinado de trabajadores ya sea por causas económicas, técnicas organizativas o de producción, se denomina despido objetivo. En éste tipo de despidos hay otras causas que pueden ser imputables al trabajador aunque no sea su culpa.
Las causas imputables al trabajador son cuando por servirnos de un ejemplo, no cuenta con las condiciones físicas o psíquicas para efectuar la labor para la que se lo contrató. Otra causa es cuando el trabajador no consigue adaptarse a modificaciones técnicas realizadas por la compañía. En éste caso, la compañía debe haber proporcionado la capacitación pertinente y haber esperado un período mínimo de dos meses antes de poder ejecutar el despido. El tercer motivo es por ausencias, que por más que sean justificadas, corresponden al 20 por cien de las jornadas hábiles en un par de meses consecutivos.
El despido disciplinario es aquel en el que la causa es consecuencia de un comportamiento grave por la parte del trabajador. Estas causas pueden ser, falta de asistencias o impuntualidades infundadas y repetidas; desobediencia a las órdenes establecidas por el empresario; ofensas físicas o verbales con colegas o el empresario del mismo modo que el acoso laboral de cualquier clase. Cuando el desempeño del trabajador disminuye ya sea por embriaguez o toxicomanía o de forma voluntaria, asimismo se lo considera causa de despido disciplinario.
El despido colectivo es aquel en el que un gran número de trabajadores son apartados de sus puestos de trabajo por el hecho de que la empresa ha justificado tener serios problemas económicos, técnicos, organizativos o de producción. A éste tipo de despido asimismo se lo conoce como ERE, Expediente de Regulación de Empleo
¿Puedes ser indemnizado por un despido improcedente?
En casos de despido improcedente u objetivo, el trabajador está en su derecho a una indemnización que se calculará basándonos en tres factores primordiales, las causas del despido, el salario, y los años de antigüedad en la empresa.
Cuando ni la compañía ni el trabajador son culpables del despido, como podrían ser graves problemas económicos de la compañía, la indemnización es de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
En el caso de despidos improcedentes, las indemnizaciones se calculan teniendo en cuenta la data de la firma del contrato. Si exactamente la misma es siguiente al doce de febrero de dos mil doce, la indemnización será de treinta y tres días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades.
La indemnización mixta se da cuando el contrato de trabajo se firmó ya antes del 12 de febrero de 2012. El periodo de trabajo anterior a esa data recibirá una indemnización de cuarenta y cinco días de salario por año trabajado con un máximo de cuarenta y dos mensualidades. A partir del 12 de febrero de 2012, la indemnización que se percibe es de 33 días de sueldo por año trabajado con un máximo de veinticuatro mensualidades.
Independientemente de la causa del despido, todo trabajador va a recibir el finiquito, que no es exactamente lo mismo que la indemnización. Este corresponde al pago de las vacaciones que no hayan sido disfrutadas hasta el momento del despido, los días trabajados del mes que se haya producido el despido del mismo modo que las horas extras.
¿Por qué es recomendable contratar un abogado especializado en despidos?
Es recomendable contratar los servicios de un abogado experto en despidos ya que, como hemos podido observar, existen un elevado número de factores que deben ser tenidos en cuenta para el cálculo de la indemnización a percibir. El asesoramiento de un profesional va a ayudar al trabajador a que sus derechos sean respetados y que el proceso de despido se realice conforme con lo establecido en la ley.