La solicitud de una pensión por Gran Invalidez en España es un proceso que habitualmente ha de ser presidido por profesionales. Demoras en el proceso, afectarán los tiempos de recepción del subsidio económico pertinente y consecuentemente en la calidad de vida de la persona afectada. Hallarás en la próxima comparativa una lista de los mejores abogados especializados en pensiones por incapacidad en Lleida
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¿Qué tener en cuenta al contratar un Abogado de Pensiones de invalidez?
¿Qué se entiende por “Gran Invalidez”?
La incapacidad laboral es categorizada en distintos grados, dependiendo el nivel en el que ésta afecta la vida rutinaria de la persona afectada. El grado máximo de incapacidad laboral se llama “Gran Invalidez” y es concedido a aquellas personas que posean un grado de incapacidad tal, que les impida realizar tareas de la vida rutinaria por sí mismos y dependen de una persona para su cuidado. Con el fin de poder abonar los servicios de la persona a cargo de su asistencia, las personas con dicho grado de incapacidad, son otorgadas con un importe económico complementario a su pensión.
¿Cuáles son los requisitos para percibir una pensión por invalidez?
Para que una persona pueda ser otorgada el grado de gran invalidez de incapacidad laboral, exactamente la misma debe cumplir una serie de requisitos. En primera instancia, la incapacidad debe haberse producido a consecuencia de una enfermedad común o profesional, en el caso de la segunda, la causa estaría directamente relacionada con la actividad laboral de esa persona. Por otra parte, la incapacidad puede haberse producido a consecuencia de un accidente, que puede o no ser laboral.
El demandante de ésta prestación ha de estar además de esto en situación de alta en la Seguridad Social, o en situación asimilada de alta, situación en la que el trabajador, pese a no estar cotizando, continúa teniendo derecho a determinadas prestaciones de la Seguridad Social.
Otro requisito es que la persona demandante no haya cumplido la edad de jubilación ordinaria. Exactamente la misma es de sesenta y seis años y 2 meses o 65 años, en el caso que los años cotizados sean superiores a treinta y siete años y 6 meses. Sólo cuando la causa de la incapacidad sea por una enfermedad de origen laboral, éste requisito no es tenido en cuenta.
Dependiendo la edad de la persona solicitante y la causa de su incapacidad, será requisito un período mínimo de cotización. La salvedad es que la causa de la incapacidad esté relacionada directamente con la actividad laboral.
Si la causa de invalidez no está relacionada con la actividad laboral, el periodo mínimo de cotización será de una tercera parte del tiempo entre los 16 años y el hecho para los menores de 31 años. Para los mayores de treinta y uno años, habrán de ser mayores a una cuarta parte del tiempo entre los 20 años y el hecho que provocó la incapacidad, con un mínimo de cinco años. En los dos casos, las personas deberán encontrarse en situación de alta o alta asimilada en la Seguridad Social.
Para aquellas personas que estén en una situación de no alta, se demanda una cotización mínima de quince años, de los que tres años deben haber sido en los últimos 10 años.
¿Por qué es recomendable contratar un abogado especializado en pensiones por invalidez?
Como mencionamos anteriormente, en los casos de gran invalidez, las personas perjudicadas son otorgadas con un complemento económico que les deja adquirir los servicios de una persona que los asista en actividades de la vida cotidiana. A fin de que la calidad de vida de la persona con discapacidad laboral permanente no se vea afectada, es importante que la petición de la pensión se haga de forma veloz y eficiente. Esto hace que sea imprescindible la contratación de un abogado especializado, que conozca los debidos procesos y que obtenga una veloz estimación del caso por parte de la Seguridad Social.
