La petición de una pensión por Gran Invalidez en España es un proceso que en muchos casos debe ser encabezado por profesionales. Demoras en el proceso, afectarán los tiempos de recepción del subsidio económico pertinente y consecuentemente en la calidad de vida de la persona perjudicada. Encontrarás en la próxima comparativa una lista de los mejores abogados especializados en pensiones por incapacidad en Almería
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¿Qué tener en cuenta al contratar un Abogado de Pensiones de invalidez?
¿Qué se entiende por “Gran Invalidez”?
Si una persona tiene una incapacidad permanente, que le impide realizar tareas de la vida rutinaria por sí solo sin depender de una persona que lo asista, entonces ésta persona posee un grado de incapacidad laboral que en España se denomina Gran Invalidez. Este nivel de incapacidad, supone entonces un apoyo económico, además de la pensión correspondiente, que le permita contratar a una persona a fin de que se ocupe de sus cuidados.
¿Cuáles son los requisitos para percibir una pensión por invalidez?
Para que una persona pueda ser concedida el grado de gran invalidez de incapacidad laboral, la misma debe cumplir una serie de requisitos. En primera instancia, la incapacidad debe haberse producido como consecuencia de una enfermedad común o profesional, en el caso de la segunda, la causa estaría relacionada directamente con la actividad laboral de esa persona. Por otra parte, la incapacidad puede haberse producido como consecuencia de un accidente, que puede o no ser laboral.
El demandante de esta prestación ha de estar además en situación de alta en la Seguridad Social, o en situación asimilada de alta, situación en la que el trabajador, a pesar de no estar cotizando, prosigue teniendo derecho a ciertas prestaciones de la Seguridad Social.
Otro requisito es que la persona solicitante no haya cumplido la edad de jubilación ordinaria. La misma es de 66 años y dos meses o sesenta y cinco años, en el caso que los años cotizados sean superiores a 37 años y seis meses. Sólo cuando la causa de la incapacidad sea por una enfermedad de origen laboral, este requisito no es tenido en cuenta.
Dependiendo la edad de la persona demandante y la causa de su incapacidad, va a ser requisito un periodo mínimo de cotización. La salvedad es que la causa de la incapacidad esté directamente relacionada con la actividad laboral.
Si la causa de invalidez no está relacionada con la actividad laboral, el período mínimo de cotización será de una tercera parte del tiempo entre los dieciséis años y el hecho para los menores de treinta y uno años. Para los mayores de treinta y uno años, habrán de ser mayores a un cuarto del tiempo entre los 20 años y el hecho que provocó la incapacidad, con un mínimo de cinco años. En los dos casos, las personas van a deber encontrarse en situación de alta o alta asimilada en la Seguridad Social.
Para aquellas personas que estén en una situación de no alta, se demanda una cotización mínima de 15 años, de los cuales 3 años deben haber sido en los últimos diez años.
¿Por qué es recomendable contratar un abogado especializado en pensiones por invalidez?
La contratación de un abogado especializado en pensiones por discapacidad, ayudará a la persona en pos de dicha compensación monetaria auxiliar en el proceso de presentación de la documentación requerida. La misma debe acreditar el cumplimiento de todos los requisitos anteriormente mentados. La falta de documentación puede llevar a la desestimación del caso por parte de la Seguridad Social, lo que podría retrasar aún más el proceso.