Si lees este artículo lo más probable es que te interese establecer una fundación; o quizás ya has formado una y tienes ciertas preguntas sobre el tema. En tal caso, te va a ser muy útil la siguiente comparativa de los bufetes de abogados más representativos en lo relacionado con las fundaciones en Soria.
Legálitas
Bajos
Nivel de Precios
- Más de 20 años
- Más de 500
- Si
- Especialista
- Todas las áreas del Derecho
Reclamador.es
Bajos
Nivel de Precios
- Desde 2012
- Más de 60
- Trabajo en equipo
- Especialista
- Especialistas en todo tipo de reclamaciones
LaFuente Abogados
Bajo
Nivel de Precios
- 12 años
- Más de 5
- No
- Generalista
- varias
Asunción Isla Abogados
Medio
Nivel de Precios
- 23 años
- 1-10
- Sí
- Especialista
- Derecho bancario, civil, penal, administrativo.
Minerva García Abogados
Bajo
Nivel de Precios
- Más de 10 años
- Más de 5 años
- No
- Generalista
- varias
Solaesa Martínez Abogados
Alto
Nivel de Precios
- Más de 10 años
- 5
- No
- Especialista
- Derecho laboral, penal y bancario
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¿Qué tener en cuenta al contratar un Abogado de Fundaciones?
¿Qué es una fundación?
Dicho en términos sencillos, es una organización dedicada a una o más actividades de interés general, pero sin fines de lucro. Por tanto, se espera que los fundadores la hayan creado simplemente porque desean formarla y además tienen la obligación de aportar los recursos con los que va a funcionar. Sobre este último punto, se ha establecido como monto mínimo un fondo de 30,000 €, si bien no es preciso que todo sea en efectivo.
¿Existe una regulación especial para fundaciones en España?
Dicho sencillamente, sí hay una regulación singular para fundaciones en España. Y, como ocurre con otro tipo de organizaciones, la normativa específica claramente cómo deben marchar. Específicamente, en la Ley de Fundaciones 50/2002 se establecen las funciones de estas organizaciones, entre las que resaltan las actividades educativas, de defensa de los principios democráticos, de promuevo de la tolerancia y de investigación científica, de la defensa de los derechos humanos, de promoción del voluntariado, de defensa del medioambiente, de las víctimas de actos violentos, asistencia social, de atención a las personas bajo riesgo de exclusión, de temas científicas, desarrollo tecnológico y deportivas, entre otras. Pese a ser una lista completísima, no incluye todas y cada una de las opciones posibles, pues es posible firmarlas por otras razones, cuando se trate de actividades de interés general.
Adicionalmente, es posible clasificar los distintos géneros de fundaciones existentes. Puede tratarse de Reales Patronatos, fundaciones de ámbito territorial limitado a una Comunidad Autónoma, vinculadas a los partidos políticos, vinculadas a los partidos políticos, públicas sanitarias, fundaciones de entidades religiosas, culturales o benéfico-docentes, del sector público estatal, extranjeras, de Beneficencia por norma general y laborales.
Por supuesto, esporádicamente va a ser preciso modificar el propósito de la fundación o, por lo menos, sus estatutos. Esto es fácil de hacer mientras el patronato esté de acuerdo y no haya un impedimento jurídico. No obstante, en ciertos casos la única solución viable es la extinción de la fundación, haciendo preciso ajustarse a lo expresado en el artículo 31 de la LF 50/2002 para su adecuada disolución.
¿Por qué es importante contar con un abogado especializado en fundaciones?
Desde el momento de la constitución de la organización es necesario contar con un abogado experto en fundaciones en Soria, puesto que así se garantiza el cumplimiento de la normativa estatal y autonómica. Esto contribuye a que las fundaciones puedan conseguir las certificaciones referentes a los Registros de Asociaciones.
Al mismo tiempo, sus servicios permiten cumplir con los requisitos fiscales y contables, acordes a las asociaciones sin fines de lucro. Además, si brotan reclamaciones, su asistencia jurídica es esencial para evitar inconvenientes futuros que pongan en riesgo la permanencia de la fundación.