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Los mejores Abogados de Fundaciones de Lleida

Si estás leyendo este artículo lo más probable es que te interese establecer una fundación; o tal vez ya has formado una y tienes ciertas preguntas sobre el tema. En tal caso, te será muy útil la próxima comparativa de los despachos de abogados más representativos en lo relacionado con las fundaciones en Lleida.

  • Antigüedad
  • Nº trabajadores
  • Abogado dedicado
  • Especialista-Generalista
  • Otras especialidades
  • Legálitas

  • Bajos

    Nivel de Precios

  • Más de 20 años
  • Más de 500
  • Especialista
  • Todas las áreas del Derecho
  • Sesé & Bròvia Advocats

  • Altos

    Nivel de Precios

  • 30
  • Menos de 5
  • No
  • Generalista
  • Mercantil, familia, circulación y administrativo
  • Victoria de Cruz Escolà

  • Medios

    Nivel de Precios

  • Más de 40 años
  • 3 abogados y 1 secretaria
  • Sí, 3 cada uno en su especialidad
  • Divorcios, Familia, Penal, Civil, Tributario y Fiscal
  • Divorcios, Familia, Penal, Tributario y Fiscal
  • Dllei Advocats

  • Medios

    Nivel de Precios

  • Desde 2016
  • 6
  • Especialista
  • Dº Civil, Dº Familia, Dº Penal, Dº Laboral y Seguridad Social y Contencioso-Administrativo.
  • Grup 90

  • Medios

    Nivel de Precios

  • Desde 1987
  • 16
  • Si
  • Especialista
  • Varias
  • Reclamador.es

  • Bajos

    Nivel de Precios

  • Desde 2012
  • Más de 60
  • Trabajo en equipo
  • Especialista
  • Especialistas en todo tipo de reclamaciones
  • Antigüedad Antigüedad
  • Nº trabajadores Nº trabajadores
  • Abogado dedicadoAbogado dedicado
  • Especialista-GeneralistaEspecialista-Generalista
  • Otras especialidadesOtras especialidades
  • Legálitas

  • Bajos

    Nivel de Precios

  • Antigüedad Más de 20 años
  • Nº trabajadores Más de 500
  • Abogado dedicado
  • Especialista-GeneralistaEspecialista
  • Otras especialidadesTodas las áreas del Derecho
  • Sesé & Bròvia Advocats

  • Altos

    Nivel de Precios

  • Antigüedad 30
  • Nº trabajadores Menos de 5
  • Abogado dedicadoNo
  • Especialista-GeneralistaGeneralista
  • Otras especialidadesMercantil, familia, circulación y administrativo
  • Victoria de Cruz Escolà

  • Medios

    Nivel de Precios

  • Antigüedad Más de 40 años
  • Nº trabajadores 3 abogados y 1 secretaria
  • Abogado dedicadoSí, 3 cada uno en su especialidad
  • Especialista-GeneralistaDivorcios, Familia, Penal, Civil, Tributario y Fiscal
  • Otras especialidadesDivorcios, Familia, Penal, Tributario y Fiscal
  • Dllei Advocats

  • Medios

    Nivel de Precios

  • Antigüedad Desde 2016
  • Nº trabajadores 6
  • Abogado dedicado
  • Especialista-GeneralistaEspecialista
  • Otras especialidadesDº Civil, Dº Familia, Dº Penal, Dº Laboral y Seguridad Social y Contencioso-Administrativo.
  • Grup 90

  • Medios

    Nivel de Precios

  • Antigüedad Desde 1987
  • Nº trabajadores 16
  • Abogado dedicadoSi
  • Especialista-GeneralistaEspecialista
  • Otras especialidadesVarias
  • Reclamador.es

  • Bajos

    Nivel de Precios

  • Antigüedad Desde 2012
  • Nº trabajadores Más de 60
  • Abogado dedicadoTrabajo en equipo
  • Especialista-GeneralistaEspecialista
  • Otras especialidadesEspecialistas en todo tipo de reclamaciones

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    ¿Qué tener en cuenta al contratar un Abogado de Fundaciones?

    ¿Qué es una fundación?

    Se trata de una organización sin fines de lucro que efectúa una función de interés general. En vista de lo anterior, debe cumplir con dos requisitos principales; por una lado, que sus fundadores declaren la voluntad de crearla y, además de esto, que doten a la organización de los recursos precisos para su funcionamiento. A este respecto, la legislación vigente indica que al menos debe tener un fondo para su funcionamiento de 30.000 €.  

    ¿Existe una regulación especial para fundaciones en España?

    Dicho simplemente, sí hay una regulación especial para fundaciones en España. Y, como ocurre con otro tipo de organizaciones, la normativa concreta meridianamente cómo deben marchar. Particularmente, en la Ley de Fundaciones 50/2002 se establecen las funciones de estas organizaciones, entre aquéllas que destacan las actividades educativas, de defensa de los principios democráticos, de promuevo de la tolerancia y de investigación científica, de la defensa de los derechos humanos, de promoción del voluntariado, de defensa del medioambiente, de las víctimas de actos violentos, asistencia social, de atención a las personas en riesgo de exclusión, de temas científicas, desarrollo tecnológico y deportivas, entre otras. A pesar de ser una lista completísima, no incluye todas y cada una de las opciones posibles, puesto que es posible firmarlas por otras razones, en cuanto se trate de actividades de interés general. 

    Adicionalmente, es posible clasificar los diferentes géneros de fundaciones existentes. Puede tratarse de Reales Patronatos, fundaciones de ámbito territorial restringido a una Comunidad Autónoma, vinculadas a los partidos políticos, vinculadas a los partidos políticos, públicas sanitarias, fundaciones de entidades religiosas, culturales o beneficioso-enseñantes, del sector público estatal, extranjeras, de Beneficencia generalmente y laborales. 

    Por supuesto, ocasionalmente va a ser preciso alterar el propósito de la fundación o, por lo menos, sus estatutos. Esto es fácil de hacer mientras el patronato esté de acuerdo y no haya un óbice jurídico. Sin embargo, en ciertos casos la única solución viable es la extinción de la fundación, haciendo necesario ceñirse a lo expresado en el artículo 31 de la LF 50/2002 para su correcta disolución.

     

    ¿Por qué es importante contar con un abogado especializado en fundaciones?

    Es evidente que es esencial contar con un abogado experto en fundaciones cuando pensamos en todo lo que implica la constitución de una fundación en Lleida. Claro está, la obtención de los certificados pertinentes podrían tener ciertas variaciones en las diferentes provincias de España, basándonos en la normativa autonómica, sin olvidar las leyes estatales. 

    En este orden de ideas, los abogados especialistas en temas relacionados con las fundaciones pueden asesorar adecuadamente los aspectos contables y tributarios aplicables. Además de esto, si surgieran problemas relacionados con demandas o reclamaciones, sus servicios permiten la gestión conveniente de estos casos, con el menor impacto en la fundación.