Es común oír charlar de las fundaciones, y es probable que nos preguntemos qué son y por qué debería interesarnos este tema. Por eso, ahora vamos a ver los pormenores de este tema; también incluimos una comparativa de los abogados de Ciudad Real especialistas en todo lo relacionado a esta clase de organizaciones.
Legálitas
Bajos
Nivel de Precios
- Más de 20 años
- Más de 500
- Sí
- Especialista
- Todas las áreas del Derecho
Martínez Ruíz Abogados
Medio
Nivel de Precios
- Más de 20 años
- Más de 10
- Si
- Generalista
Ricardo García Abogados
Alto
Nivel de Precios
- 4 años
- Menos de 5
- No
- Especialista
- Derecho laboral y penal
Gonzalo Frías Gómez Abogado
Alto
Nivel de Precios
- 10 años
- Más de 5
- No
- Generalista
Victoriano Caba y Asociados
Bajo
Nivel de Precios
- Más de 10 años
- Más de 5
- No
- Generalista
Reclamador.es
Bajo
Nivel de Precios
- Desde 2012
- Más de 60
- Trabajo en equipo
- Especialista
- Especialistas en todo tipo de reclamaciones
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De Ciudad Real
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¿Qué tener en cuenta al contratar un Abogado de Fundaciones?
¿Qué es una fundación?
Básicamente es una organización que se dedica a temas de interés general, mas en contraste a las entidades comerciales, las fundaciones no se forman para conseguir ganancias económicas. Por eso, es suficiente con el hecho de que la fundación cuente con los medios económicos necesarios para su funcionamiento y que los fundadores tengan la pretensión de ponerla en marcha. Se puede destacar que se debe aportar un mínimo de 30.000 € para su funcionamiento.
¿Existe una regulación especial para fundaciones en España?
En España existen leyes concretas sobre las fundaciones. Debido a las características de estas organizaciones, la normativa concreta meridianamente los requisitos que deben cumplir, así como sus derechos y obligaciones. Con esa idea en psique, en la LF 50/2002, en su artículo treinta y uno, se detalla meridianamente las funciones que les están toleradas a las fundaciones desempeñar como actividades educativas, de promoción del voluntariado, científicas, de atención a las personas bajo riesgo de exclusión, de promuevo de la tolerancia, deportivas, de investigación científica y desarrollo tecnológico, de defensa de los principios democráticos, asistencia social, de la defensa de los derechos humanos, de las víctimas de actos violentos y de defensa del medioambiente, por mencionar algunas. Tomando en cuenta que existen diferentes géneros de actividades acordes a los intereses de las personas, y que están en el marco de la ley, es posible establecer fundaciones por otros motivos, en cuanto no sea de interés único del creador o sus familiares.
Como es lógico meditar, las fundaciones pueden dividirse en diferentes clases o tipos. Algunos de los más destacados son los Reales Patronatos, fundaciones de entidades religiosas, del ámbito público estatal, culturales o benéfico-docentes, de Beneficencia generalmente, fundaciones de campo territorial limitado a una Comunidad Autónoma, públicas sanitarias, vinculadas a los partidos, laborales y extranjeras.
Otro aspecto relevantes se relaciona con las modificaciones de los estatutos de la fundación o, en su defecto, de la organización por lo general, incluyendo su propósito, en cuyo caso va a ser suficiente contar con el acuerdo del patronato. Sin embargo, si el fundador determinó que debe disolverse en el caso de requerir una modificación, debe procederse a su extinción, siguiendo los lineamientos generales expuestos en la LF 50/2002, en su artículo treinta y uno.
¿Por qué es importante contar con un abogado especializado en fundaciones?
Es evidente que es esencial contar con un letrado especializado en fundaciones cuando pensamos en todo cuanto implica la constitución de una fundación en Ciudad Real. Claro está, la obtención de los certificados pertinentes podrían tener ciertas variaciones en las distintas provincias de España, basándonos en la normativa autonómica, sin olvidar las leyes estatales.
En este mismo orden de ideas, los abogados especialistas en temas relacionados con las fundaciones pueden aconsejar apropiadamente los aspectos contables y tributarios aplicables. Además de esto, si surgieran problemas relacionados con demandas o reclamaciones, sus servicios dejan la administración adecuada de estos casos, con el menor impacto en la fundación.