Si estás leyendo este artículo lo más probable es que te interese establecer una fundación; o tal vez ya has formado una y tienes ciertas preguntas sobre el tema. En tal caso, te va a ser realmente útil la siguiente comparativa de los bufetes de abogados más representativos en lo relacionado con las fundaciones en Madrid.
G.Elías&Muñoz Abogados
Medios
Nivel de Precios
- Desde 1994
- 12
- Sí
- Especialistas en diferentes áreas
- Laboral, Familia, Divorcios, Penal, Inmobiliario y Civil
Castaño Asociados
Medios
Nivel de Precios
- 2 años
- 5
- Sí
- Especialista
- Derecho Laboral, Penal y Extranjería
Códice Abogados
Medios
Nivel de Precios
- 15 años
- 3
- Sí
- Especialista
- Civil y Laboral
Legálitas
Bajos
Nivel de Precios
- Más de 20 años
- Más de 500
- Sí
- Especialista
- Todas las áreas del Derecho
Reclamador.es
Bajos
Nivel de Precios
- Desde 2012
- Más de 60
- Trabajo en equipo
- Especialista
- Especialistas en todo tipo de reclamaciones
Ortiz Conde Abogados
Medios
Nivel de Precios
- 20 años
- 4
- Si
- Especialista
- Derecho Cívil, Sucesiones, Familia, Extinción de Condominio, Reclamación de cantidad
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¿Qué tener en cuenta al contratar un Abogado de Fundaciones?
¿Qué es una fundación?
Básicamente es una organización que se dedica a asuntos de interés general, mas en contraste a las entidades comerciales, las fundaciones no se forman para obtener ganancias económicas. Por eso, es suficiente con el hecho de que la fundación cuente con los medios económicos precisos para su funcionamiento y que los fundadores tengan la pretensión de ponerla en marcha. Podemos destacar que se debe aportar un mínimo de treinta euros para su funcionamiento.
¿Existe una regulación especial para fundaciones en España?
Dicho sencillamente, sí existe una regulación especial para fundaciones en España. Y, de la misma manera que ocurre con otro tipo de organizaciones, la normativa específica meridianamente cómo deben marchar. Particularmente, en la Ley de Fundaciones 50/2002 se establecen las funciones de estas organizaciones, entre aquéllas que destacan las actividades educativas, de defensa de los principios democráticos, de fomento de la tolerancia y de investigación científica, de la defensa de los derechos humanos, de promoción del voluntariado, de defensa del medioambiente, de las víctimas de actos violentos, asistencia social, de atención a las personas bajo riesgo de exclusión, de temas científicas, desarrollo tecnológico y deportivas, entre otras. A pesar de ser una lista muy completa, no incluye todas las opciones posibles, puesto que es posible firmarlas por otras razones, en cuanto se trate de actividades de interés general.
Adicionalmente, es posible categorizar los distintos géneros de fundaciones existentes. Puede tratarse de Reales Patronatos, fundaciones de campo territorial limitado a una Comunidad Autónoma, vinculadas a los partidos, vinculadas a los partidos, públicas sanitarias, fundaciones de entidades religiosas, culturales o beneficioso-docentes, del campo público estatal, extranjeras, de Beneficencia por norma general y laborales.
Por supuesto, esporádicamente será necesario modificar el propósito de la fundación o, como mínimo, sus estatutos. Esto es fácil de hacer mientras que el patronato esté de acuerdo y no haya un óbice jurídico. Sin embargo, en algunos casos la única solución viable es la extinción de la fundación, haciendo necesario ajustarse a lo expresado en el artículo 31 de la LF 50/2002 para su correcta disolución.
¿Por qué es importante contar con un abogado especializado en fundaciones?
Básicamente, es importante contar con un letrado experto en fundaciones porque sus servicios permiten formar apropiadamente una organización de este tipo en Madrid. Como resultado, se facilita la obtención de documentos esenciales, como los Registros de Asociaciones, y todos los demás certificados pertinentes.
De igual forma, con su consultoría se consigue cumplir con los aspectos contables y fiscales pertinentes. Y, en caso que haya que afrontar una demanda, se puede solucionar más fácil, en el marco de la ley.