Es común escuchar charlar de las fundaciones, y probablemente nos preguntemos qué son y por qué debería interesarnos este tema. Por eso, ahora vamos a ver los pormenores de este tema; asimismo incluimos una comparativa de los abogados de Pamplona expertos en todo lo relacionado a este género de organizaciones.
Legálitas
Bajo
Nivel de Precios
- Más de 20 años
- Más de 500
- Sí
- Especialista
- Todas las áreas del Derecho
Reclamador.es
Bajo
Nivel de Precios
- Desde 2012
- Más de 60
- Trabajo en equipo
- Especialista
- Especialistas en todo tipo de reclamaciones
C y E Abogados
Medio
Nivel de Precios
- 26 años
- 1-10
- No
- Familia y Divoricios, Sucesiones y Herencias, Adopción
- Derecho Penal, Laboral, Administrativo
Ruíz de Erenchun
Bajo
Nivel de Precios
- 55 años
- 1-10
- No
- Propiedad y Bienes, Sucesiones, Hipotecas
- Derecho de Familia, Circulativo, Penal
Abogados Pamplona
Bajo
Nivel de Precios
- 10 años
- 1-10
- No
- Cobros de pago, Incumplimientos de Contratos
- Derecho Laboral, Mercantil, Matrimonial
Saralegui Iglesias Abogados
Alto
Nivel de Precios
- 10 años
- 1-10
- No
- Propiedad Horizontal, Arrendamientos
- Derecho Bancario, Sanitario, Matrimonial
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¿Qué tener en cuenta al contratar un Abogado de Fundaciones?
¿Qué es una fundación?
Dicho en términos fáciles, es una organización dedicada a una o más actividades de interés general, pero sin fines de lucro. En consecuencia, se espera que los fundadores la hayan creado simplemente pues desean formarla y además tienen la obligación de aportar los recursos con los que va a funcionar. Sobre este último punto, se ha establecido como monto mínimo un fondo de 30,000 €, aunque no es necesario que todo sea en efectivo.
¿Existe una regulación especial para fundaciones en España?
Dicho simplemente, sí hay una regulación singular para fundaciones en España. Y, del mismo modo que ocurre con otro tipo de organizaciones, la normativa específica meridianamente de qué manera deben marchar. Específicamente, en la Ley de Fundaciones 50/2002 se establecen las funciones de estas organizaciones, entre aquéllas que destacan las actividades educativas, de defensa de los principios democráticos, de promuevo de la tolerancia y de investigación científica, de la defensa de los derechos humanos, de promoción del voluntariado, de defensa del medio ambiente, de las víctimas de actos violentos, asistencia social, de atención a las personas en riesgo de exclusión, de temas científicas, desarrollo tecnológico y deportivas, entre otras muchas. A pesar de ser una lista completísima, no incluye todas y cada una de las opciones posibles, puesto que es posible firmarlas por otras razones, cuando se trate de actividades de interés general.
Adicionalmente, es posible clasificar los distintos géneros de fundaciones existentes. Puede tratarse de Reales Patronatos, fundaciones de ámbito territorial restringido a una Comunidad Autónoma, vinculadas a los partidos políticos, vinculadas a los partidos, públicas sanitarias, fundaciones de entidades religiosas, culturales o beneficioso-docentes, del ámbito público estatal, extranjeras, de Beneficencia en general y laborales.
Por supuesto, esporádicamente va a ser necesario modificar el propósito de la fundación o, por lo menos, sus estatutos. Esto es sencillo de hacer mientras que el patronato esté de acuerdo y no haya un óbice jurídico. Sin embargo, en algunos casos la única solución viable es la extinción de la fundación, haciendo preciso ajustarse a lo expresado en el artículo treinta y uno de la LF 50/2002 para su correcta disolución.
¿Por qué es importante contar con un abogado especializado en fundaciones?
Es evidente que es importante contar con un abogado experto en fundaciones cuando pensamos en todo lo que implica la constitución de una fundación en Pamplona. Claro está, la obtención de los certificados pertinentes podrían tener ciertas variaciones en las diferentes provincias de España, en base a la normativa autonómica, sin olvidar las leyes estatales.
En este mismo orden de ideas, los abogados especialistas en temas relacionados con las fundaciones pueden aconsejar adecuadamente los aspectos contables y tributarios aplicables. Además de esto, si surgieran problemas relacionados con demandas o reclamaciones, sus servicios permiten la administración conveniente de estos casos, con el menor impacto en la fundación.