Si estás leyendo este artículo lo más probable es que te interese establecer una fundación; o quizá ya has formado una y tienes algunas preguntas sobre el tema. En tal caso, te será muy útil la siguiente comparativa de los bufetes de abogados más representativos en lo relacionado con las fundaciones en León.
Mª Belén Perez Sancha Abogado
Bajo
Nivel de Precios
- 23 años
- 1
- Sí
- Especialista
- Familia y Divorcios
Legálitas
Bajo
Nivel de Precios
- Más de 20 años
- Más de 500
- Si
- Especialista
- Todas las áreas del Derecho
Tribunal Abogados y Asesores
Alto
Nivel de Precios
- Más de 20 años
- Más de 30
- No
- Generalista
- Varias
Muñiz Bernuy Abogados
Medio
Nivel de Precios
- Desde 1945
- 8
- Sí
- Generalista. Especializado en civil y mercantil
- Civil, Familia, Mercantil, Laboral, Tributario y Fiscal
Rivera Abogados
Bajo
Nivel de Precios
- 39 años
- 2
- No
- Generalista
- Mercantil, bancario...
Reclamador.es
Bajo
Nivel de Precios
- Desde 2012
- Más de 60
- Trabajo en equipo
- Especialista
- Especialistas en todo tipo de reclamaciones
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¿Qué tener en cuenta al contratar un Abogado de Fundaciones?
¿Qué es una fundación?
Se trata de una organización sin fines de lucro que efectúa una función de interés general. En vista de lo anterior, debe cumplir con dos requisitos principales; por una lado, que sus creadores declaren la voluntad de crearla y, además, que doten a la organización de los recursos precisos para su funcionamiento. A este respecto, la legislación vigente indica que cuando menos debe tener un fondo para su funcionamiento de 30.000 €.
¿Existe una regulación especial para fundaciones en España?
Al igual que ocurre con otro tipo de organizaciones, en España existe una regulación especial para las fundaciones. En esta se establece su funcionamiento en los aspectos más relevantes y, en ciertos casos, abarca aspectos más concretos. Por servirnos de un ejemplo, el artículo treinta y uno de la LF 50/2002 señala las funciones que van a poder desempeñar las fundaciones entre los que resaltan la defensa de los derechos humanos, de las víctimas de actos violentos, asistencia social, actividades educativas, científicas, deportivas, de promoción del voluntariado, de defensa del medioambiente, de atención a las personas bajo riesgo de exclusión, de defensa de los principios democráticos, de fomento de la tolerancia y de investigación científica y desarrollo tecnológico, entre otras muchas. No obstante, estas actividades no son las únicas admitidas, pues se permite cualquier otra actividad de interés general y que no reporte un beneficio exclusivo para sus creadores.
Además, es esencial resaltar que existen diferentes tipos de fundaciones conforme a la actividad principal que efectúan. Entre estos resaltan los Reales Patronatos, culturales o benéfico-enseñantes, fundaciones de entidades religiosas, públicas sanitarias, vinculadas a los partidos políticos, de Beneficencia generalmente, públicas sanitarias, del campo público estatal, extranjeras, laborales y fundaciones de ámbito territorial restringido a una Comunidad Autónoma.
Adicionalmente, cuando hay la necesidad de alterar la finalidad de la fundación, o por lo menos unos pocos estatutos, es preciso contar con la aprobación del patronato, salvo que el fundador haya estipulado que no es posible y, por tanto, se deberá proceder a su disolución. Finalmente, cuando es preciso extinguir la fundación, va a ser preciso comprobar el artículo treinta y uno de la LF 50/2002.
¿Por qué es importante contar con un abogado especializado en fundaciones?
Básicamente, es importante contar con un letrado especializado en fundaciones porque sus servicios permiten constituir adecuadamente una organización de este tipo en León. Como resultado, se facilita la obtención de documentos importantes, como los Registros de Asociaciones, y todos los otros certificados pertinentes.
De igual forma, con su consultoría se consigue cumplir con los aspectos contables y fiscales pertinentes. Y, en caso que haya que afrontar una demanda, se puede solucionar más simple, en el marco de la ley.