Si lees este artículo lo más probable es que te interese establecer una fundación; o tal vez ya has formado una y tienes algunas preguntas sobre el tema. En tal caso, te será realmente útil la siguiente comparativa de los despachos de abogados más representativos en lo relacionado con las fundaciones en Palencia.
Legálitas
Bajo
Nivel de Precios
- Más de 20 años
- Más de 500
- Sí
- Especialista
- Todas las áreas del Derecho
Reclamador.es
Bajo
Nivel de Precios
- Desde 2012
- Más de 60
- Trabajo en equipo
- Especialista
- Especialistas en todo tipo de reclamaciones
Santos Abogados
Medio
Nivel de Precios
- Más de 40 años
- Más de 1
- Trabajo en equipo
- Especialista
- Derecho administrativo, penal, mercantil
Hervella & Rodríguez Abogados
Bajo
Nivel de Precios
- Más de 5 años
- Más de 1
- Trabajo en equipo
- Especialista
- Derecho civil, mercantil, concursal
Lean Abogados
Medio
Nivel de Precios
- Más de 1 año
- Más de 300
- Trabajo en equipo
- Especialista
- Derecho mercantil, laboral, urbanístico
Fernández & Simón Abogados
Medio
Nivel de Precios
- Más de 35 años
- Más de 600
- Abogado dedicado
- Especialista
- Derecho concursal, fiscal, de familia
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¿Qué tener en cuenta al contratar un Abogado de Fundaciones?
¿Qué es una fundación?
Se trata de una organización sin fines de lucro que realiza una función de interés general. En vista de lo anterior, debe cumplir con dos requisitos principales; por una lado, que sus fundadores declaren la voluntad de crearla y, además de esto, que doten a la organización de los recursos precisos para su funcionamiento. A este respecto, la legislación vigente señala que al menos debe tener un fondo para su funcionamiento de 30.000 €.
¿Existe una regulación especial para fundaciones en España?
Al igual que ocurre con otro género de organizaciones, en España existe una regulación especial para las fundaciones. En esta se establece su funcionamiento en los aspectos más relevantes y, en algunos casos, abarca aspectos más específicos. Por poner un ejemplo, el artículo treinta y uno de la LF 50/2002 apunta las funciones que van a poder desempeñar las fundaciones entre los que destacan la defensa de los derechos humanos, de las víctimas de actos violentos, asistencia social, actividades educativas, científicas, deportivas, de promoción del voluntariado, de defensa del medioambiente, de atención a las personas en riesgo de exclusión, de defensa de los principios democráticos, de promuevo de la tolerancia y de investigación científica y desarrollo tecnológico, entre otras. Sin embargo, estas actividades no son las únicas aceptadas, puesto que se deja cualquier otra actividad de interés general y que no reporte un beneficio exclusivo para sus fundadores.
Además, es importante destacar que existen diferentes géneros de fundaciones conforme a la actividad primordial que realizan. Entre estos destacan los Reales Patronatos, culturales o benéfico-enseñantes, fundaciones de entidades religiosas, públicas sanitarias, vinculadas a los partidos, de Beneficencia normalmente, públicas sanitarias, del ámbito público estatal, extranjeras, laborales y fundaciones de ámbito territorial limitado a una Comunidad Autónoma.
Adicionalmente, cuando existe la necesidad de alterar la finalidad de la fundación, o por lo menos unos pocos estatutos, es necesario contar con la aprobación del patronato, salvo que el creador haya estipulado que no es posible y, por ende, se deberá proceder a su disolución. Para finalizar, cuando es preciso extinguir la fundación, va a ser necesario revisar el artículo treinta y uno de la LF 50/2002.
¿Por qué es importante contar con un abogado especializado en fundaciones?
Desde el momento de la constitución de la organización es necesario contar con un letrado especializado en fundaciones en Palencia, puesto que así se garantiza el cumplimiento de la normativa estatal y autonómica. Esto contribuye a que las fundaciones puedan obtener las certificaciones referentes a los Registros de Asociaciones.
Al mismo tiempo, sus servicios dejan cumplir con los requisitos fiscales y contables, acordes a las asociaciones sin fines de lucro. Además, si brotan reclamaciones, su asistencia jurídica es fundamental para eludir inconvenientes futuros que pongan en riesgo la permanencia de la fundación.