Si estás leyendo este artículo lo más probable es que te interese establecer una fundación; o tal vez ya has formado una y tienes algunas preguntas sobre el tema. En tal caso, te será muy útil la próxima comparativa de los despachos de abogados más representativos en lo relacionado con las fundaciones en Santander.
Legálitas
Bajos
Nivel de Precios
- Más de 20 años
- Más de 500
- Sí
- Especialista
- Todas las áreas del Derecho
Ocen Abogados y Asesores
Medios
Nivel de Precios
- 5 años
- 3
- 2 abogados dedicados
- Generalista
- Herencias, consumidores, segunda oportunidad, contratación civil y mercantil, asesoría empresas, D. administrativo y penal
Salces Abogados
Bajos
Nivel de Precios
- Más de 25
- 1-10
- Si
- Especialista
- Todas las áreas del Derecho
Fórmula Legal Abogados
Medios
Nivel de Precios
- Más de 10 años
- 4
- Sí
- Especialista
- Bancario, Mercantil, Hipotecario, Civil y Laboral
Abogado Richardson
Medios
Nivel de Precios
- Menos de 10 años
- 1
- Abogado dedicado
- Generalista
- Derecho laboral, penal, familia, etc.
Reclamador.es
Bajos
Nivel de Precios
- Desde 2012
- Más de 60
- Trabajo en equipo
- Especialista
- Especialistas en todo tipo de reclamaciones
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¿Qué tener en cuenta al contratar un Abogado de Fundaciones?
¿Qué es una fundación?
Se trata de una organización sin fines de lucro que realiza una función de interés general. En vista de lo precedente, debe cumplir con dos requisitos principales; por una lado, que sus creadores declaren la voluntad de crearla y, además, que doten a la organización de los recursos precisos para su funcionamiento. A este respecto, la legislación actual indica que por lo menos debe tener un fondo para su funcionamiento de 30.000 €.
¿Existe una regulación especial para fundaciones en España?
En España existen leyes concretas sobre las fundaciones. Debido a las características de estas organizaciones, la normativa específica claramente los requisitos que deben cumplir, así como sus derechos y obligaciones. Con esa idea en psique, en la LF 50/2002, en su artículo treinta y uno, se detalla claramente las funciones que les están toleradas a las fundaciones desempeñar como actividades educativas, de promoción del voluntariado, científicas, de atención a las personas bajo riesgo de exclusión, de promuevo de la tolerancia, deportivas, de investigación científica y desarrollo tecnológico, de defensa de los principios democráticos, asistencia social, de la defensa de los derechos humanos, de las víctimas de actos violentos y de defensa del medioambiente, por mentar ciertas. Tomando en cuenta que existen diferentes tipos de actividades acordes a los intereses de las personas, y que están en el marco de la ley, es posible establecer fundaciones por otros motivos, cuando no sea de interés único del creador o sus familiares.
Como es lógico pensar, las fundaciones pueden dividirse en diferentes clases o tipos. Algunos de los más destacados son los Reales Patronatos, fundaciones de entidades religiosas, del ámbito público estatal, culturales o benéfico-enseñantes, de Beneficencia por norma general, fundaciones de campo territorial limitado a una Comunidad Autónoma, públicas sanitarias, vinculadas a los partidos políticos, laborales y extranjeras.
Otro aspecto relevantes se relaciona con las modificaciones de los estatutos de la fundación o, en su defecto, de la organización generalmente, incluyendo su propósito, en cuyo caso será suficiente contar con el consenso del patronato. No obstante, si el fundador determinó que debe disolverse en el caso de requerir una modificación, debe procederse a su extinción, siguiendo los lineamientos generales expuestos en la LF 50/2002, en su artículo treinta y uno.
¿Por qué es importante contar con un abogado especializado en fundaciones?
Desde el instante de la constitución de la organización es preciso contar con un letrado especializado en fundaciones en Santander, puesto que de esta forma se garantiza el cumplimiento de la normativa estatal y autonómica. Esto contribuye a que las fundaciones puedan obtener las certificaciones referentes a los Registros de Asociaciones.
Al mismo tiempo, sus servicios permiten cumplir con los requisitos fiscales y contables, acordes a las asociaciones sin fines de lucro. Además de esto, si surgen reclamaciones, su asistencia jurídica es esencial para eludir inconvenientes futuros que pongan en riesgo la permanencia de la fundación.