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Los mejores Abogados de Indemnizaciones de Madrid

Cuando ocurre un evento que nos causa algún daño o perjuicio es posible demandar que se reconozca una indemnización. En cualquier caso es aconsejable buscar la asesoría de abogados expertos en temas de indemnizaciones en Madrid para obtener lo justo. La próxima comparativa te va a ser muy útil en tu búsqueda.

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  • Laboral, penal, herencias y sucesiones, hipotecario, inmobiliario, civil, tributario y fiscal
  • Ortiz Conde Abogados

  • Medios

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  • 20 años
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  • Derecho Cívil, Sucesiones, Familia, Extinción de Condominio, Reclamación de cantidad
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    ¿Qué tener en cuenta al contratar un Abogado de Indemnizaciones?

    ¿Qué son los daños y perjuicios?

    Existen varios elementos para determinar que ciertas acciones puedan considerarse como causal para demandar una indemnización. Primeramente, debe existir un incumplimiento de una obligación. Además, de dicha acción debe generarse un daño inmediato en la integridad de las personas o en su patrimonio. Al mismo tiempo, puede generarse lucro cesante, lo que significa que el daño en cuestión impide al afectado conseguir sus ingresos económicos habituales.

    Ahora bien, para que el perjuicio sea considerado como motivo para reconocer una indemnización se precisa que haya un nexo entre la acción y el daño aparente. Con esta idea en mente, se pretende determinar el grado en que la acción en cuestión contribuye a la existencia del daño y, por lo tanto, del lucro cesante.

     

    ¿Qué tipos de daños se pueden indemnizar?

    Habitualmente se mientan los daños materiales, físicos, morales y sicológicos como perjuicios que justifican una indemnización. No obstante, podemos abarcar todos los posibles eventos en 3 categorías, a saber, daño emergente, lucro cesante y daño moral, como se puede apreciar a continuación:

    • Daño emergente: se tratan de perjuicios meridianamente identificables, pues forman pérdidas reales y eficaces.
    • Lucro cesante: esto corresponde a la ganancia que se ha dejado de conseguir, conforme al artículo 1.106 del Código Civil. No obstante, es del todo imposible saber con exactitud a cuánto equivale la mengua económica, por lo que se calcula basándonos en la probabilidad. Evidentemente, no se trata de suponer que se producirá una pérdida, más bien es cuestión de calcular la cantidad que más o menos se ha dejado de percibir.
    • Daño moral: si el lucro cesante se fundamenta habitualmente en la probabilidad, el daño ética es aún más bastante difícil de cuantificar. Constituye cualquier perjuicio psicológico y emocional, como el sufrimiento originado por el acto en cuestión. El auténtico problema es que no se puede saber con exactitud cuánto dolor siente una persona o cuánto sufrimiento sensible le ha ocasionado o le causará el incidente. Se puede entender mejor su aplicación en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, sobre protección del derecho al honor, a la amedrentad y a la propia imagen, y el R. D. Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, que son textos legales básicos en este tema.

     

    ¿Por qué es recomendable contratar un abogado especializado en indemnizaciones?

    En base a lo anterior es simple notar que no es una tarea sencilla conseguir el reconocimiento de una indemnización. Con la finalidad de lograr el mejor resultado, es conveniente contratar un abogado especializado en indemnizaciones. De otra manera, podría otorgarse una indemnización que no tome en cuenta en daño moral o el lucro cesante, por lo que no rescinda el daño o, en el peor caso, que no se reconozca ninguna.