Existen diferentes motivos por los cuales puede ser preciso demandar que se reconozca algún género de indemnización por daños y perjuicios. Cuando surge esa posibilidad lo recomendable es contratar los servicios de un letrado de Guadalajara que sea especialista en estos temas. En la próxima comparativa hallarás una selección de los más señalados.
- Antigüedad
- Nº trabajadores
- Abogado dedicado
- Especialista-Generalista
- Otras especialidades
Actio Asesoría Jurídica
Medio
Nivel de Precios
- 8 años
- Entre 10 y 20
- Sí
- Generalista
- Civil, penal, mercantil, accidentes...
Martínez Abogados
Medio
Nivel de Precios
- Desde 1990
- 4
- Sí
- Especialista-Generalista
- Accidentes de Tráfico, Divorcios, Penal, Civil, Laboral, Bancario, Mercantil, Médico Sanitario
Cereijo y Crespo Abogados
Medio
Nivel de Precios
- 29 años
- menos de 10
- Sí
- Especialista
- Laboral, penal, herencias.
Sonia Ruíz Higes Abogado
Medio
Nivel de Precios
- 8 años
- menos de 10
- Sí
- Generalista
- Familia, civil, administrativo, penal
Galán de Mora Abogados
Bajo
Nivel de Precios
- 2 años
- Más de 350 a nivel internacional
- Sí
- Generalista
- Derecho penal, civil, inmobiliario y societario.
RCV Abogados
Medio
Nivel de Precios
- 20 años
- menos de 10
- Sí
- Generalista
- Penal, familia, laboral
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¿Qué tener en cuenta al contratar un Abogado de Indemnizaciones?
¿Qué son los daños y perjuicios?
Existen múltiples elementos para determinar que ciertas acciones puedan considerarse como causal para demandar una indemnización. Primeramente, debe existir un incumplimiento de una obligación. Además de esto, de dicha acción debe generarse un daño inmediato en la integridad de las personas o en su patrimonio. Al mismo tiempo, puede producirse lucro cesante, lo que significa que el daño en cuestión impide al afectado obtener sus ingresos económicos frecuentes.
Ahora bien, a fin de que el perjuicio sea considerado como motivo para reconocer una indemnización se precisa que haya un nexo entre la acción y el daño aparente. Con esta idea en psique, se pretende determinar el grado en que la acción en cuestión contribuye a la existencia del daño y, por lo tanto, del lucro cesante.
¿Qué tipos de daños se pueden indemnizar?
Habitualmente se mientan los daños materiales, físicos, morales y psicológicos como perjuicios que justifican una indemnización. No obstante, podemos abarcar todos y cada uno de los posibles acontecimientos en tres categorías, a saber, daño emergente, lucro cesante y daño moral, como se puede notar a continuación:
- Daño emergente: se tratan de perjuicios meridianamente identificables, pues forman pérdidas reales y efectivas.
- Lucro cesante: esto corresponde a la ganancia que se ha dejado de obtener, de acuerdo al artículo mil ciento seis del Código Civil. Sin embargo, es completamente imposible saber con precisión a cuánto equivale la mengua económica, por lo que se calcula basándonos en la probabilidad. Como es lógico, no se trata de suponer que se producirá una pérdida, más bien es cuestión de calcular la cantidad que más o menos se ha dejado de percibir.
- Daño moral: si el lucro cesante se basa frecuentemente en la probabilidad, el daño ética es aún más bastante difícil de cuantificar. Forma cualquier perjuicio sicológico y sensible, como el sufrimiento producido por el acto en cuestión. El auténtico problema es que no se puede saber con exactitud cuánto dolor siente una persona o cuánto sufrimiento emocional le ha causado o le ocasionará el incidente. Se puede entender mejor su aplicación en la Ley Orgánica 1/1982, de cinco de mayo, sobre protección del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen, y el R. D. Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de automóviles a motor, que son textos legales básicos en este tema.
¿Por qué es recomendable contratar un abogado especializado en indemnizaciones?
Las indemnizaciones permiten anular el daño ocasionado, pero es un hecho que se precisa la actuación de un abogado especializado en indemnizaciones para conseguir la más adecuada. De lo contrario, lo más probable es que no se obtenga la cantidad real acorde al daño causado.
