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Los mejores Abogados de Indemnizaciones de Jaén

Con la finalidad de rescindir un daño causado, es posible percibir una indemnización. No obstante, es importante demostrar que en realidad se cometió una acción que produjo algún tipo de perjuicio a terceros. En cualquier caso, la asesoría de un abogado especializado en indemnizaciones de Jaén es esencial para obtener el resultado deseado.

  • Antigüedad
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  • Otras especialidades
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  • Más de 20 años
  • Más de 500
  • Especialista
  • Todas las áreas del Derecho
  • Higueras Abogados

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  • Penal, laboral, mercantil
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  • Medios

    Nivel de Precios

  • Desde 2012
  • Despacho unipersonal con colaboraciones
  • Generalista
  • Divorcios, Familia, Bancario, Civil
  • Hispacolex Bufete Jurídico

  • Altos

    Nivel de Precios

  • 29 años
  • 50-100
  • Si
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  • Derecho penal, laboral, bancario, hipotecario, mercantil, de familia
  • Juan Emilio García Abogados

  • Medios

    Nivel de Precios

  • 11 años
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  • Generalista
  • Derecho de familia
  • Abogados Cruz Cabrera

  • Media

    Nivel de Precios

  • 27 años
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  • Derecho administrativo y penal
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  • Otras especialidadesOtras especialidades
  • Legálitas

  • Bajos

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    ¿Qué tener en cuenta al contratar un Abogado de Indemnizaciones?

    ¿Qué son los daños y perjuicios?

    Una acción por sí sola no genera el derecho a indemnización. Sin embargo, si se trató del incumplimiento de un acuerdo u obligación puede considerarse como causal por el daño causado. Asimismo puede demandarse si se ocasionó un perjuicio a la integridad de una o más personas o si se produjo un daño en su patrimonio. Además de esto, si se produjo una mengua en los ingresos económicos a causa del percance se puede demandar que se reconozca el lucro cesante.

    Aún así, no se acostumbra a entregar la indemnización por el hecho que se haya sido víctima en una acción que causó un daño a terceros, puesto que debe comprobarse la conexión entre el daño y el presunto acto ocurrido. El propósito de esta predisposición es garantizar que en realidad el daño se debe directamente al incidente en cuestión y no a causadas externas.

     

    ¿Qué tipos de daños se pueden indemnizar?

    Habitualmente se mencionan los daños materiales, físicos, morales y psicológicos como perjuicios que justifican una indemnización. No obstante, podemos abarcar todos y cada uno de los posibles eventos en 3 categorías, a saber, daño emergente, lucro cesante y daño ética, como se puede notar a continuación:

    • Daño emergente: se tratan de perjuicios claramente identificables, pues forman pérdidas reales y efectivas.
    • Lucro cesante: esto corresponde a la ganancia que se ha dejado de conseguir, conforme al artículo 1.106 del Código Civil. No obstante, es del todo imposible saber con precisión a cuánto equivale la merma económica, por lo que se calcula en base a la probabilidad. Evidentemente, no se trata de suponer que se producirá una pérdida, más bien es cuestión de calcular la cantidad que aproximadamente se ha dejado de percibir.
    • Daño moral: si el lucro cesante se fundamenta frecuentemente en la probabilidad, el daño moral es aún más bastante difícil de cuantificar. Constituye cualquier perjuicio sicológico y sensible, como el sufrimiento originado por el acto en cuestión. El verdadero problema es que no se puede saber con precisión cuánto dolor siente una persona o cuánto sufrimiento emocional le ha ocasionado o le causará el percance. Se puede comprender mejor su aplicación en la Ley Orgánica 1/1982, de cinco de mayo, sobre protección del derecho al honor, a la amedrentad y a la propia imagen, y el R. D. Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, que son textos legales básicos en este tema.

     

    ¿Por qué es recomendable contratar un abogado especializado en indemnizaciones?

    En base a lo anterior es simple apreciar que no es una labor fácil conseguir el reconocimiento de una indemnización. Con el objetivo de conseguir el mejor resultado, es conveniente contratar un abogado experto en indemnizaciones. De otro modo, podría concederse una indemnización que no tome en cuenta en daño ética o el lucro cesante, por lo que no rescinda el daño o, en el peor caso, que no se reconozca ninguna.