Con la finalidad de rescindir un daño causado, es posible recibir una indemnización. No obstante, es importante probar que realmente se cometió una acción que originó algún tipo de perjuicio a terceros. En cualquier caso, la consultoría de un letrado especializado en indemnizaciones de Huesca es esencial para obtener el resultado deseado.
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¿Qué tener en cuenta al contratar un Abogado de Indemnizaciones?
¿Qué son los daños y perjuicios?
Una acción por sí sola no genera el derecho a indemnización. No obstante, si se trató del incumplimiento de un acuerdo u obligación puede considerarse como causal por el daño causado. Asimismo puede demandarse si se causó un perjuicio a la integridad de una o más personas o si se generó un daño en su patrimonio. Además de esto, si se produjo una mengua en los ingresos económicos a raíz del incidente se puede demandar que se reconozca el lucro cesante.
Aún así, no se suele conceder la indemnización por el hecho que se haya sido víctima en una acción que ocasionó un daño a terceros, pues debe comprobarse la conexión entre el daño y el supuesto acto ocurrido. El propósito de esta predisposición es asegurar que en realidad el daño se debe de manera directa al accidente en cuestión y no a causadas externas.
¿Qué tipos de daños se pueden indemnizar?
Como mentamos anteriormente, los daños pueden ser físicos y materiales; sin embargo también pueden ser morales y sicológicos. En todo caso, se pueden mentar específicamente el daño emergente, el lucro cesante y el daño moral. A continuación vamos a ver en qué consiste cada uno.
- Daño emergente: se trata de una pérdida real y eficaz, por lo que es fácilmente demostrable el daño en cuestión.
- Lucro cesante: en el código civil, en el artículo mil ciento seis, se específica que corresponde a la ganancia que se haya dejado de obtener. Como es natural, en vista que no hay forma de saber con precisión a cuánto asciende la pérdida, el resultado se basa en el juicio de probabilidad. Esto no quiere decir que es irreal, pues debe probarse la merma en las ganancias conseguidas a causa del acontecimiento en cuestión.
- Daño moral: este aspecto no es sencillamente demostrable y, por lo tanto, constituye un perjuicio bastante difícil de delimitar. Incluye el daño psicológico y el sufrimiento derivado del evento en cuestión. Obviamente, no se puede medir este tipo de daño y tampoco existe una correspondencia económica para anularlo. Hay algunos textos legales en los que se explica su aplicación, como la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, sobre protección del derecho al honor, a la amedrentad y a la propia imagen, y el R. D. Legislativo 8/2004, de veintinueve de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de automóviles a motor.
¿Por qué es recomendable contratar un abogado especializado en indemnizaciones?
En base a lo anterior es simple apreciar que no es una labor fácil conseguir el reconocimiento de una indemnización. Con el objetivo de lograr el mejor resultado, es recomendable contratar un letrado especializado en indemnizaciones. De otra manera, podría entregarse una indemnización que no tome en cuenta en daño ética o el lucro cesante, por lo que no anule el daño o, en el peor caso, que no se reconozca ninguna.
