Existen diferentes motivos por los que puede ser necesario demandar que se reconozca algún tipo de indemnización por daños y perjuicios. Cuando brota esa posibilidad lo aconsejable es contratar los servicios de un letrado de Lugo que sea especialista en estos temas. En la próxima comparativa hallarás una selección de los más destacados.
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¿Qué tener en cuenta al contratar un Abogado de Indemnizaciones?
¿Qué son los daños y perjuicios?
El simple hecho que haya ocurrido un incidente que nos ha afectado no es razón suficiente para que se asigne en automático una indemnización. Un aspecto importante es que no se haya cumplido una obligación en particular, razón por la que se origina un daño. También es necesario que se haya producido un perjuicio en el patrimonio de la persona perjudicada o un daño físico. Como resultado, puede producirse un daño adicional si el percance ha causado que no se reciban los ingresos habituales, lo cual se llama lucro cesante
Sin embargo, a pesares que en apariencia un acto en particular haya ocasionado algún daño no es suficiente motivo para reconocer el derecho a recibir una indemnización. Debe existir un vínculo directo entre dicho acto y el perjuicio en cuestión, y el lucro cesante en caso que aplique.
¿Qué tipos de daños se pueden indemnizar?
Como mencionamos previamente, los daños pueden ser físicos y materiales; sin embargo también pueden ser morales y sicológicos. En cualquier caso, se pueden mencionar específicamente el daño emergente, el lucro cesante y el daño moral. A continuación veremos en qué consiste cada uno.
- Daño emergente: se trata de una pérdida real y efectiva, por lo que es sencillamente comprobable el daño en cuestión.
- Lucro cesante: en el código civil, en el artículo mil ciento seis, se específica que corresponde a la ganancia que se haya dejado de conseguir. Como es lógico, en vista que no hay forma de saber con exactitud a cuánto asciende la pérdida, el resultado se basa en el juicio de probabilidad. Esto no quiere decir que es irreal, puesto que debe probarse la mengua en las ganancias logradas a raíz del acontecimiento en cuestión.
- Daño moral: este aspecto no es sencillamente comprobable y, por tanto, forma un perjuicio difícil de delimitar. Incluye el daño psicológico y el sufrimiento derivado del acontecimiento en cuestión. Evidentemente, no se puede medir esta clase de daño y tampoco existe una correspondencia económica para anularlo. Hay algunos textos legales en los que se explica su aplicación, como la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, sobre protección del derecho al honor, a la amedrentad y a la propia imagen, y el Real Decreto Legislativo 8/2004, de veintinueve de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de automóviles a motor.
¿Por qué es recomendable contratar un abogado especializado en indemnizaciones?
Como hemos visto, existen diferentes causales para demandar el reconocimiento de las indemnizaciones. Por eso, con el objetivo de obtener una cantidad económica acorde al daño, es conveniente contratar un letrado experto en indemnizaciones. Es esencial recordar que no es suficiente con que exista un hecho causante; asimismo hay que presentar las pruebas pertinentes para justificar el daño causado.