Cuando se produce una situación de morosidad del pago de una deuda, el acreedor puede recurrir a la figura del embargo. En todo caso, no es posible proceder a su ejecución sin una orden judicial o de un organismo público autorizado. Por eso, lo mejor es buscar la consultoría de abogados especialistas en embargos de Huesca.
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¿Qué tener en cuenta al contratar un Abogado de Embargos?
¿Qué es un embargo?
Básicamente se trata de una medida que permite retener los recursos de una persona que está en situación de incumplimiento de pago de deuda. Se trata de una medida forzosa que permite a los acreedores recuperar el dinero impagado de un moroso. En vista que su función es que los acreedores consigan la retribución que les corresponde por los adeudos, para la correcta ejecución se debe determinar cuáles son las propiedades que mejor satisfagan las necesidades de pago. Esto significa que únicamente se retendrán los recursos precisos.
Es interesante notar que la figura del embargo está detallada en la normativa civil; sin embargo asimismo está tipificado en el código penal. En el caso del derecho civil, hallamos la normativa aplicable en la Ley de Enjuiciamiento Civil, al paso que en el ámbito penal se halla en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. No obstante, no son los únicos textos, puesto que en el hábito fiscal asimismo pueden generarse embargos, conforme a la Ley General Tributaria. Como es lógico, en base a la gravedad de la morosidad, así como el daño causado, podría ser tipificado como un delito con las consecuencias que esto conlleva.
¿Qué tipos de embargo existen?
La normativa reconoce dos géneros de embargos, como se muestra a continuación:
- Preventivo: esta clase de embargo evita que el deudor se deshaga de sus recursos antes que se haga efectivo un embargo. Entonces aún ostenta su titularidad, mas no puede venderlos o traspasar su titularidad.
- Ejecutivo: este se realiza cuando la orden de embargo es eficaz y, en consecuencia, se procede a vender los recursos precisos para liquidar la deuda.
Es interesante notar que la normativa actual establece que ciertos bienes deben continuar en poder del deudor, a pesar que haya una orden de embargo. Este es el caso de los artículos imprescindibles para la vida, como es la ropa, el comestible y los libros y herramientas utilizados en el ejercicio de la actividad profesional del implicado. Finalmente, los artículos religiosos tampoco pueden ser embargados
¿Quién puede ordenar un embargo?
Lo más habitual es que sean los tribunales, mediante una sentencia, quienes ordenen el embargo. Además, bajo determinadas circunstancias podría ordenarse el embargo del dinero disponible en las cuentas bancarias. En este caso, serían los organismos públicos autorizados quiénes se ocuparán de emitir la orden pertinente.
¿Por qué es recomendable contratar un abogado especializado en embargos?
Existen dos razones primordiales para contratar un letrado especializado en embargos. Primeramente, sus servicios dejan que el acreedor obtenga el pago de la deuda en el menor tiempo posible. Por otra parte, al deudor le permite acceder a mecanismos que eviten el embargo, en caso que sea aplicable.