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De La Villa Abogados
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¿Qué tener en cuenta al contratar un Abogado de Menores?
¿En qué consiste la especialidad de menores?
Todas las personas tienen desde su nacimiento capacidad jurídica, la misma está comprendida por todos y cada uno de los derechos y deberes de una persona. Judicialmente se considera no obstante, que no todas y cada una de las personas tiene capacidad para ejercer esos derechos y deberes, a ésto se lo llama capacidad de obrar y aplica en especial en los menores. En España se considera menor de edad a aquellas personas que no hayan cumplido dieciocho años. La especialidad de menores, son aquellos abogados especializados en defender los mejores intereses de los menores.
¿Qué se entiende por “responsabilidad penal del menor”?
Hemos establecido previamente, que una persona menor de dieciocho años no es judicialmente responsable de sus acciones. Ésto no significa, no obstante, que no va a recibir ningún tipo de sanción tras haber cometido un delito, a ésto se lo denomina responsabilidad penal del menor.
Es la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal la que determina el género de sanción que va a recibir el menor que ha cometido el acto delictivo. Para ello se tendrán presente dos parámetros que van a ser el género de delito y la edad del menor.
Existen dos categorías primordiales en las que se dividen las clases de sanciones que recibirán los menores. Por un lado, están los menores de catorce años, de los que sus progenitores o tutores van a ser considerados responsables y deberán cumplir con una sanción monetaria.
Las menores entre 14 y dieciocho años, sí son consideradas responsables y por lo tanto serán sancionadas en el Juzgado de Menores, mas como ya hemos establecido van a recibir un tratamiento singular.
Las sanciones pueden ser económicas, como en el caso de los menores de catorce, pero también pueden ser sentenciados a ser recluidos en establecimientos cerrados singulares para jóvenes que hayan cometido delitos de mayor gravedad.
La responsabilidad criminal del menor va a ser mayor conforme a las circunstancias y la condición del delito si el menor tiene entre 16 y 18 años. A esto se lo llama agravante.
Si bien las personas mayores de 18 años, son consideradas judicialmente adultos, existen ciertas excepciones que les darían la posibilidad de comparecer frente al Juzgado de menores.
¿Por qué es recomendable contratar un abogado especializado en menores?
Cuando la persona que ha cometido un delito es menor ante la ley, es recomendable contar con el asesoramiento de un letrado especializado en menores, ya que el mismo va a estar singularmente capacitado para ejercer su derecho a ser escuchado, y que se tengan en cuenta los mejores intereses del menor a la hora de ser juzgado.
