Cuando se produce la muerte de una persona comienza el llamado proceso de sucesión que consiste en el reparto de la titularidad de sus bienes y derechos. Además, es necesario realizar una serie de tareas de diverso tipo relacionadas con el funeral que pueden realizar abrumadoras debido a que se trata de una situación delicada. Por lo tanto es necesario contactar con profesionales del sector que te aconsejen y realicen los trámites necesarios, un claro ejemplo de esto es la empresa funeraria de Madrid Interfunerarias que dispone de amplios servicios.
Qué son familiares de primer grado
Para entender cómo se realiza la sucesión en caso de fallecimiento es necesario aprender a diferenciar el grado de parentesco que se tiene respecto a la persona difunta. Este grado mide el nivel de vínculo que se tiene con esa persona y puede ser de consanguinidad o de afinidad.
Consanguinidad
Determina el nivel de parentesco entre dos personas de la misma familia. Es decir, existe un vínculo biológico entre ellas. La consanguinidad de primer grado se refiere a los padres y a los hijos, ya que son las conexiones más directas de una persona. El segundo grado hace referencia a los hermanos, a los abuelos y a los nietos. El tercero a los tíos y sobrinos y así sucesivamente.
Afinidad
La afinidad mide la vinculación entre personas pertenecientes a una misma familia pero que no comparten sangre. El primer grado de afinidad hace referencia al cónyuge, los suegros, yernos y nueras. El segundo a los cuñados, abuelos de cónyuge …
En relación con la sucesión, los vínculos relevantes para este artículo son los de primer grado de ambos tipos.
En nuestro país el Código Civil establece como herederos forzosos a los hijos y descendientes y a falta de estos a los padres y ascendientes. De igual modo, se establece como heredero forzoso al viudo o la viuda de la persona fallecida.
En este apartado conviene destacar a Interfunerarias por su artículo sobre este tema de las herencias.
¿Cómo se reparte la herencia?
La herencia se reparte en tres partes iguales llamadas legítima, el tercio de mejora y la libre disposición.
La legítima es la parte de la herencia que forzosamente va destinada a los descendientes o en su defecto ascendientes del difunto. La única forma de detener esta sucesión es desheredando a la persona a la que va destinada.
El tercio de mejora es la parte de la herencia dirigida a los herederos forzosos pero que el testador puede repartir como desee entre ellos.
Finalmente, la parte de libre disposición puede dirigirse a cualquier persona que disponga el testador.
Por otro lado, es importante tener en cuenta qué le corresponde al viudo o la viuda del fallecido. En el caso de que existan hijos, le corresponderá el usufructo de un tercio de la herencia.
Para terminar, en el caso de que no haya hijos pero si los padres del fallecido, dispondrá del usufructo de la mitad de la herencia. Por último, si no hay hijos ni padres del fallecido, tendrá el usufructo de dos terceras partes de la herencia.